Hasta el 30 de julio permanecerá abierto el plazo para el pago del IBI, Impuesto de Bienes de Inmuebles, un impuesto para el que el Ayuntamiento aplica una bonificación del 5% a los vecinos que se hayan acogido al sistema de fraccionamiento y domiciliado su pago anual.
También se bonificará durante tres años, con un 25% de la cuota del IBI, aquellos inmuebles de uso residencial en los que se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, siempre y cuando estos sistemas representen al menos el 50% del suministro total de energía.
Otras bonificaciones sobre el IBI
Además, las viviendas con algún tipo de protección pública cuentan con una bonificación del 50% en el pago del IBI, durante un máximo de tres años. Por otro lado, las familias numerosas de categoría general tienen una bonificación del 40% en el pago de este impuesto; las de categoría especial que se benefician de una bonificación del 75%.
Según Javier Juárez, coordinador general de Alcaldía “ponemos a disposición de los vecinos la posibilidad de ahorrar no solo en su recibo del IBI, sino en la factura de la luz, a la vez que incentivamos el uso de energías renovables para continuar con la estrategia del equipo de Gobierno de lograr que nuestra ciudad sea cada día más eficiente y sostenible”.
IBI
Por la definición aportada por el Portal web del Ayuntamiento de Madrid, es un impuesto directo de titularidad municipal, de carácter periódico, real y obligatorio en todos los Ayuntamientos, que grava el valor de los bienes inmuebles.
El IBI se abona por el hecho de ser la persona titular de alguno de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales.
De este modo, este impuesto varía según las bonificaciones de los titulares y la posesión de sus bienes. ¿Cuándo se produce la bonificación? Al año siguiente al que se produzca dicha solicitud, con la excepción del sistema especial de pago (consultar la ordenanza). Su aplicación siempre se hace previa solicitud rogada.